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http://www.walesonline.co.uk/news/wales-news/jehovahs-witnesses-destroyed-documents-showing-7340603 |
El pasado día dos, me hacía eco de una noticia que nos está dando muchas tardes de gloria: la sentencia donde finalmente se condenaba al hermano y anciano Mark Anthony Sewell, a catorce años de cárcel por agresiones sexuales a tres niñas y una mujer adulta, todas miembros de nuestra entrañable confesión religiosa del notorio arraigo y olé.
Estamos acostumbrados a este tipo de noticias desagradables, pero esta vez, lo que más me llamó la atención fue la oportunísima, sorprendente e insólita destrucción de los archivos judiciales por parte de la confesión religiosa de los testigos de Jehová que implicaban al anciano (pastor religioso) Mark Sewell en los casos que estaban siendo juzgados. Sin vergüenza de ninguna clase, la entidad religiosa justificaba la destrucción de esos documentos confidenciales por el paso del tiempo..., ¡vamos, que caducan como la leche fresca en verano. La noticia, decía en parte:
Significativamente, la afirmación de la confesión religiosa sobre que no guarda archivos antiguos sobre presuntos casos de abuso sexual infantil con respecto a las denuncias contra Sewell, la carta a los ancianos dice: "Los documentos relacionados con una persona acusada de abuso sexual de menores, se haya probado o no la acusación, debe colocarse en un archivo confidencial de la congregación y conservarse indefinidamente con la anotación No destruir".No se sabe si esta directriz estaba en vigor en el momento en el que se formularon las acusaciones contra Sewell, la primera a principios de los años noventa.
Sin ser un Sherlock Holmes apóstata, uno tiene muchas preguntas acompañadas de una memoria larga y de multitud de documentación que muestra a las claras que esto huele muy mal..., ¡a lo que nos tiene acostumbrados el Cuerpo Gobernante de los testigos de Jehová cuando se dan casos de abusos sexuales a niños! Nada extraño. Todo normal. Nos sale el enésimo portavoz de la entidad religiosa para decir solemnemente: "Aborrecemos como el que más el abuso sexual infantil. No ocultamos a los depredadores sexuales ni cobijamos para protegerles de las garras de las justicia mundana y terrenal. Pero, por favor, no nos pidáis que colaboremos con la policía judicial en este tipo de delitos". En definitiva..., palabras que no son acompañadas de los pertinentes hechos. Hablar es gratis, pagar indemnizaciones millonarias a las víctimas, no.
Por ejemplo, sobre el caso del hermano Sewell. ¿En qué fecha se destruyeron los archivos (informes, cartas, documentos, correspondencia entre el comité judicial y la sede nacional)? ¿Quién los destruyó y por orden de quién? ¿Dónde están las directivas que indican que hay que destruir los archivos sobre abusos sexuales a niños? ¿Dónde están las directivas que indican la cantidad de años que han de guardarse este tipo de archivos, para una vez pasados estos, destruir la documentación? ¡Me gustaría leerlos para disipar mis duda apóstatas! Porque un servidor no tiene ni idea de tales directivas por parte de la confesión religiosa, más bien al contrario: nunca se destruyen.
Presiento que esta vez, los dirigentes de la entidad religiosa no han querido que les pillen otra vez con el carrito de los helados..., como en el caso Candace Condi, donde el juez requirió estos archivos. Estos documentos y correspondencia estaban fechados en el año 1993. Hay que recordar que las tropelía de Sewell tuvieron lugar durante los años 1987 y 1995. (Ver enlaces a pie de página).
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/caso-candace-condi-correspondencia.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/correspondencia-entre-la-congregacion-y.html
O sea, que el caso de Candace Conti no se destruyeron los archivos, pero sí en el de Mark Sewell. Parece que esta directiva es algo voluble, según los intereses de la entidad religiosa en ese momento.
Por ejemplo, sobre el caso del hermano Sewell. ¿En qué fecha se destruyeron los archivos (informes, cartas, documentos, correspondencia entre el comité judicial y la sede nacional)? ¿Quién los destruyó y por orden de quién? ¿Dónde están las directivas que indican que hay que destruir los archivos sobre abusos sexuales a niños? ¿Dónde están las directivas que indican la cantidad de años que han de guardarse este tipo de archivos, para una vez pasados estos, destruir la documentación? ¡Me gustaría leerlos para disipar mis duda apóstatas! Porque un servidor no tiene ni idea de tales directivas por parte de la confesión religiosa, más bien al contrario: nunca se destruyen.
Presiento que esta vez, los dirigentes de la entidad religiosa no han querido que les pillen otra vez con el carrito de los helados..., como en el caso Candace Condi, donde el juez requirió estos archivos. Estos documentos y correspondencia estaban fechados en el año 1993. Hay que recordar que las tropelía de Sewell tuvieron lugar durante los años 1987 y 1995. (Ver enlaces a pie de página).
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/caso-candace-condi-correspondencia.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/correspondencia-entre-la-congregacion-y.html
O sea, que el caso de Candace Conti no se destruyeron los archivos, pero sí en el de Mark Sewell. Parece que esta directiva es algo voluble, según los intereses de la entidad religiosa en ese momento.
¿Así que "no guardan archivos antiguos", de los años noventa? ¡Esto es lo que voy a tratar de documentar para todos vosotros. ¡Va por ustedes!
Una referencia sobre abusos de menores la encuentro en la carta dirigida a: TODOS LOS CUERPOS DE ANCIANOS, con fecha de 10 de noviembre de 1995.
En parte dice la carta:
Una referencia sobre abusos de menores la encuentro en la carta dirigida a: TODOS LOS CUERPOS DE ANCIANOS, con fecha de 10 de noviembre de 1995.
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Directiva interna, 10 de noviembre de 1995 |
En parte dice la carta:
"Nos complace bosquejar a continuación algunas pautas que esperamos que os sean útiles para proteger a las víctimas de abuso sexual de menores y para tratar con un hermano que o hermana de la congregación que haya sido culpable de abusar sexualmente de menores.
Cuando un miembro de la congregación sea acusado de molestar sexualmente a un niño, los ancianos deben comunicarse inmediatamente con nuestro departamento de Asuntos Legales. Sea que la acusación se informe a la autoridades o no, cuando se establece que un miembro de la congregación es culpable de abuso abuso sexual de menores, se deben dar pasos adecuados en armonía con las directrices que se ofrecieron en las cartas de 16 de junio de 1994 y 23 de marzo de 1992, ambas dirigidas a todos los cuerpos de ancianos".
Sigue...
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/los-testigos-de-jehova-condenados-pagar.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06comunicado-de-prensa-de-silentlambs.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/el-cuerpo-gobernante-derrama-28.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/resumen-visual-de-la-sentencia.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/caso-candace-condi-correspondencia.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/las-secuelas-del-caso-candace-conti-el.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2012/06/caso-candace-conti-y-el-jurado-emitio.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2012/06/caso-candace-conti-les-amparaba-el.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/watchtower-library-online-y-el-caso.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/caso-candace-conti-al-cesar-lo-que-es.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/al-cesar-lo-que-es-de-cesar-depende.html
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http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/informe-policial-colaboracion-de-los.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/08/declaracion-de-candace-conti-parte-i.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2012/08/declaracion-de-candace-conti-parte-ii.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2012/08/declaracion-de-candace-conti-parte-iii.html
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http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2012/08/allen-shuster-del-departamento-de_20.html
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